CAMBIAR TU PERMISO DE ESTUDIOS A RESIDENCIA Y TRABAJO EN ESPAÑA TRAS LA REFORMA DE EXTRANJERÍA 2024

26 de junio de 2025

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Muchos estudiantes extranjeros que terminan sus estudios en España se plantean quedarse en el país para comenzar su carrera profesional. Gracias a la última reforma del Reglamento de Extranjería, aprobada en 2024, este proceso es hoy mucho más accesible. La modificación de estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena se ha convertido en una vía realista para quienes desean integrarse en el mercado laboral español sin tener que salir del país.


MODIFICACIÓN DE PERIODO DE PERMANENCIA


Uno de los principales avances de esta reforma es que ya no se exige haber permanecido durante tres años como estudiante para poder modificar la situación administrativa, como ocurría anteriormente. Ahora, basta con haber finalizado con éxito una formación reglada en una institución educativa española, siempre que la misma sea reconocida oficialmente. Además, se ha eliminado la obligación de que el empleo ofrecido esté vinculado al área de estudios cursada, lo que amplía significativamente las oportunidades laborales para los estudiantes.


MODIFICACIÓN DE VISADO DE ESTUDIANTE A RESIDENCIA Y TRABAJADOR POR CUENTA AJENA


Para poder solicitar esta modificación, es necesario contar con una oferta de empleo firme como trabajador por cuenta ajena. El contrato debe garantizar unas condiciones laborales dignas, con un salario igual o superior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), y puede ser tanto a jornada completa como parcial, siempre que se acredite que los ingresos permiten la autosuficiencia económica del solicitante. La empresa contratante debe estar legalmente constituida, tener actividad real y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.


ENTRE LOS REQUISITOS EXIGIDOS:



El procedimiento puede iniciarse en cualquier momento, incluso antes de que finalice la validez del permiso de estancia por estudios. La solicitud se presenta telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y se dirige a la Oficina de Extranjería de la provincia donde se va a realizar la actividad laboral. Es importante que el expediente se encuentre completo y que el solicitante no tenga antecedentes penales en España ni en su país de origen. En algunos casos, se puede exigir el certificado de antecedentes penales del país de procedencia, debidamente legalizado o apostillado y traducido.


Una vez presentada la solicitud, la Oficina de Extranjería dispone de un plazo máximo de tres meses para emitir una resolución. En caso de silencio administrativo, la solicitud se entenderá desestimada. No obstante, muchas oficinas están resolviendo los expedientes en plazos más breves, especialmente cuando la documentación está en regla y el contrato cumple con los requisitos mínimos.


En caso de resolución favorable, el solicitante pasa de tener una situación de estancia por estudios a una residencia inicial por trabajo por cuenta ajena, válida por un año. Esta autorización permite trabajar de forma legal en España y se puede renovar conforme a la normativa vigente, siempre que se mantengan las condiciones que dieron lugar a la concesión. Además, el tiempo transcurrido como estudiante comienza a computar a efectos de residencia de larga duración, lo que representa otra mejora relevante incluida en la reforma de 2024.


En definitiva, esta nueva vía facilita la transición de la formación al empleo y fomenta la retención de talento extranjero en España. Para los estudiantes internacionales, supone una oportunidad clara de continuidad legal y profesional en el país. Es recomendable contar con el acompañamiento de un profesional especializado en extranjería para asegurar que todo el proceso se desarrolla sin errores ni demoras, especialmente en lo que respecta a la documentación y los plazos.



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